Resumen

El estudio de la mortalidad prematura es fundamental en las estrategias para la prevención de las enfermedades vasculares periféricas. Objetivo: Determinar los años de vida potenciales perdidos por mortalidad de las enfermedades vasculares periféricas. Método: Se realizó un estudio descriptivo retrospectivo sobre la mortalidad por enfermedades vasculares periféricas en Cuba en el año 2000. Se estudiaron las defunciones registradas por la Dirección Nacional de Estadística, según los códigos establecidos por la 9na edición de la Clasificación Internacional de Enfermedades y se agruparon a partir de los criterios de expertos en angiología; se utilizaron las variables edad, sexo, causa de muerte y provincia. Para el análisis estadístico se procedió al cálculo de los años de vida potenciales perdidos, aplicándose también por sexo y por tasa tipificada, números absolutos, porcentajes y tasa de mortalidad. Resultados: Se reportaron 4042 defunciones, la tasa de muerte en el sexo masculino fue de 36,04 y 35,1 en el sexo femenino. La mortalidad prematura fue de 359,8 años de vida potenciales perdidos en el sexo femenino y en el sexo masculino 352,9 años. Se constató mayor mortalidad prematura en el sexo femenino, fundamentalmente las que presentaron aterosclerosis generalizada, angiopatía periférica diabética, flebitis y enfermedad estenoclusiva de la carótida. Se registraron las mayores tasas de mortalidad prematura en las provincias de Matanzas, Ciudad de La Habana y Holguín. Conclusiones: La mortalidad prematura tuvo mayor índice en los pacientes que presentaron aterosclerosis generalizada, aneurismas aórticos abdominales y angiopatía periférica diabética. La Mortalidad prematura predominó en las mujeres y la mayor tasa de muerte prematura se registró en la provincia de Matanzas.

Palabras clave: Mortalidad prematura enfermedades vasculares periféricas epidemiología.

2006-02-11   |   2,453 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 6 Núm.1. Enero-Diciembre 2005 Pags. Rev Cubana Angiol y Cir Vasc 2005; 6(1)