El testimonio experto del profesional de la salud a la luz del nuevo sistema acusatorio colombiano

Autor: Escobar Córdoba Franklin

Fragmento

A partir del primero de enero del año 2005, el profesional de la salud colombiano podrá ser llamado a los estrados judiciales, a declarar como testigo experto, en cualquier hecho punible del cual tenga conocimiento. El testigo experto según el nuevo Código de Procedimiento Penal ayudará a la justicia con sus conocimientos científicos, técnicos, artísticos o especializados. Las partes podrán presentar informes de peritos de su confianza y solicitar que éstos sean citados a interrogatorio en el juicio oral y público, acompañando certificación que acredite la idoneidad del perito. No será extraño que entrado el 2005, los profesores de nuestra facultad, reconocidos expertos en diferentes campos de las ciencias médicas básicas y clínicas, sean solicitados por los jueces, fiscales y abogados de parte, privados, para estudiar un caso y ayudar a las autoridades o a la parte de la defensa en el esclarecimiento del mismo. De igual forma, las autoridades acudirán principalmente a los peritos: expertos de la policía judicial, del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, de entidades públicas o privadas, y particulares especializados en la materia de que se trate, para que éstos presenten sus informes y sean citados al juicio oral y público, a rendir testimonio en relación con el caso peritado. Rendido el testimonio en el juicio oral, se convierte en plena prueba y el profesional de la salud en testigo experto.

Palabras clave: Testimonio profesional jurídico testigo.

2005-02-11   |   1,235 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 52 Núm.4. Octubre-Diciembre 2004 Pags. 245-246 Rev Fac Med Univ Nac Colomb 2004; 52(4)